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Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El Impuesto sobre  Transmisiones Patrimoniales (ITP) en las Islas Baleares (Mallorca, Ibiza, Menorca, etc.) se calcula progresivamente, según el precio de compra de la propiedad. Desde el 01.01.2023 se aplican los siguientes tipos de impuestos:

(Parte de) Precio de compraImporte basePorcentaje
hasta 400.000 €8 %
desde 400.000,01 hasta 600.000 €32.000 €9 %
desde 600.000,01 hasta 1.000.000 €50.000 €10 %
desde 1.000.000,01 hasta 2.000.000 €90.000 €12 %
desde 2.000.000,01 hasta….210.000 €13 %

 

Ejemplos de cálculo:

  • Con un precio de compra de 450.000 euros, el ITB equivale al 8,11 % del precio de compra.
  • Con un precio de compra de 690.000 euros, el ITB equivale al 8,55 % del precio de compra.
  • Con un precio de compra de 975.000 euros, el ITB equivale al 8,97 % del precio de compra.
  • Con un precio de compra de 1.150.000 euros, el ITB equivale al 9,39 % del precio de compra.
  • Con un precio de compra de 2.250.000 euros, el ITB equivale al 10,78 % del precio de compra.

 

Consejo fiscal
Si se adquiere una vivienda de primera residencia de hasta 270.151,20 euros (antes 200.000 euros), se aplica un tipo impositivo fijo del 4% (antes 5%) del impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Esto supone que el comprador es residente en España.

Impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD)
– El impuesto sobre actos  jurídicos documentados, impuesto de timbre para abreviar, es del 1,2% para estos últimos.
– Para los inmuebles de valor igual o superior a un millón de euros, se aplica un impuesto del 2% sobre el primer otorgamiento de escrituras y contratos notariales.

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